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Las diez regiones más creativas de Colombia

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Bogotá. 

Colombia es un país de creadores, así lo confirman las cifras que dio a conocer la Oficina de Registro de la Dirección Nacional de Derecho de Autor con respecto al número de obras literarias y artísticas que se registraron durante el 2015.
Según dicho informe, se puede concluir que las 10 regiones más creativas de Colombia son en su orden: 

1. Bogotá D.C.: con 29.202 obras registradas 

2. Antioquia: 9.599 

3. Valle del Cauca: 5.955 

4. Atlántico: 2.989 

5. Cundinamarca: 2.391 

6. Santander: 2.336 

7. Bolívar: 1.914 

8. Magdalena: 1.207 

9. Risaralda: 1.169 

10. Tolima: 1.144 

Estas cifras podrían ser mucho más altas, pero existe todavía mucho desconocimiento por parte de los autores y artistas sobre la importancia del derecho de autor, que es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias y artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado. En otras palabras, el derecho de autor es el salario del creador. 

Para el caso de Colombia, nuestros creadores cuentan con la Dirección Nacional de Derecho de Autor -DNDA, entidad adscrita al Ministerio del Interior, ante la cual los autores y artistas pueden de manera gratuita, registrar sus obras literarias y artísticas, capacitarse, recibir asesoría jurídica, entre otros servicios. 

Y aunque las obras están protegidas por el derecho de autor desde el mismo momento en que se crean, registrarlas ante la DNDA es un medio de prueba y publicidad, que ofrece garantía de autenticidad y seguridad al autor sobre sus creaciones. Es decir que si el día de mañana su obra es plagiada o utilizada sin su autorización, el registro de la misma, será prueba suficiente ante un juez para demostrar su autoría. 

El director de la DNDA, Giancarlo Marcenaro, señaló que "es importante tener presente que las ideas no se protegen, el derecho de autor protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas en las obras literarias y artísticas, más no a las ideas contenidas en dichas obras, ni su contenido ideológico o técnico, ni su aprovechamiento industrial o comercial". 

En otras palabras, se puede registrar ante la DNDA: 

- Obras literarias tales como cuentos, novelas, poesías, manuales, folletos, guiones de cine, entre otros. 

-Obras musicales: partituras. 

- Fonogramas: toda fijación de sonidos en un soporte material en cualquier formato como CD, DVD, MP3, etc. 

-Obras artísticas como pintura, escultura, dibujo, fotografías, planos. 

- Obras audiovisuales como imágenes en movimiento con o sin sincronización de sonidos, tales como películas, videos, documentales, etc. 

-Software: programas de ordenador, aplicaciones o videojuegos. 

-Actos y contratos relacionados con el derecho de autor y los derechos conexos. 

Son muchos los beneficios que representa para los autores y artistas tener sus obras registradas ante la DNDA, por eso la invitación es a que las registren por cualquiera de los canales habilitados: en el sitio web www.derechodeautor.gov.co<http://www.derechodeautor.gov.co>, descargando la aplicación "Protege tus obras<https://youtu.be/pHE9cUsRMwc>" o acudiendo a las oficinas de dicha entidad, ubicada en la Cl 28 #13ª-15 Centro Internacional, piso 17, en la ciudad de Bogotá, teléfono: 1-3418177.


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